domingo, 13 de enero de 2008

Bienvenid@s al mundo del iJam

Ya queda poco por inventar...

http://www.ijam.es/

Os recomiendo hacer la visita guiada, lo mejor los periféricos.

domingo, 6 de enero de 2008

Os enseño mi regalo de Reyes, una bonita navaja tradicional artesana de Taramundi, para llevar a nuestras excursiones, aunque no sé muy bien qué utilidad le puedo dar...
Ya os la enseñaré.

Por cierto, como podéis ver, ya tenemos radio en el blog, si os molesta se puede desactivar en los controles.







Las navajas de Taramundi son la última joya de una larga evolución metalúrgica que desde el siglo XVIII se viene especializando en piezas de auténtica cuchillería, con hojas de hierro pequeñas y estrechas, de apreciado corte, empuñadura de madera de boj o brezo, fabricadas pacientemente gracias a la sabiduría de unas manos muy atinadas que pasan de fase en fase en el trabajo, y que lo rematan a base de dibujos geométricos coloreados, propios de la tradición. Un trabajo artesano que produce navajas a medida, muy apreciadas por su funcionalidad y belleza, y que en último término se asocia a lo escaso. La producción se somete a los encargos, el trabajo en serie no se conoce, sólo cierta planificación cuando los pedidos son numerosos (lo que ocurre casi todo el año).Esta artesanía sin par prevalece en este lugar del occidente de la región por varios motivos. Los principales son: la abundancia de mineral, el agua, con caída suficiente para dar potencia a las máquinas soplantes, la madera que se necesita para el fuego en las fraguas o ferrerías, y sobre todo una tradición oral que no ha escatimado explicaciones ni sentimientos afines al hierro. El fuego se aviva también por la costumbre. El sentimiento artesano hacia el metal, que se desarrolló en toda Asturias en el siglo XIX para la elaboración de utensilios del hogar y aperos de trabajo, ha encontrado en Taramundi una continuidad adaptada a los tiempos y a las nuevas demandas del mercado. Fuente: http://www.desdeasturias.com/

miércoles, 2 de enero de 2008

Nochevieja 2007



















Nochevieja 2007

Aquí está una pequeña muestra de la noche de fin de año, aquí os dejo los vídeos, en la siguiente entrada unas fotitos.
¿Ya han quedado despejadas las dudas de Modestia Aparte? Os remito a la entrada del 1 de enero.












martes, 1 de enero de 2008

Cosas de la edad

1990 - Cosas de la edad
El disco del éxito. El tema Cosas de la Edad sonó por todos las emisoras durante mucho tiempo. Quizá no sea uno de los preferidos para los fieles seguidores del grupo, pero hay que reconocer que el single "Cosas de la Edad" fue el auténtico boom del grupo. A parte de ese tema, el resto del disco es una auténtica maravilla en la que se mezclan sensibilidad y juventud... Contiene otro de los temas mas conocidos Es por tu amor y Pasión.

El nudismo hoy

El nudismo es legal en cualquier espacio público Desde 1978, con la aprobación de la Constitución, no es posible apelación alguna en nuestras leyes a consideraciones de tipo "moral".
Ninguna moral en especial prevalece sobre otra a la hora de ser protegida por las leyes. El derecho al desnudo, por tanto, se deduce de nuestra Constitución (Art. 1º; Arts. 14, 17 y 20; Arts. 138, 139 y 149). La "moral pública", era la herramienta por la que se articulaban (en el antiguo régimen) las discriminaciones de índole moral de una forma legal: Circular de 6 de julio de 1957 del Ministerio de Gobernación, que prohibía no sólo "cualquier manifestación de desnudismo e incorrección en el mismo aspecto que pugne con la honestidad y el buen gusto tradicionales de los españoles", sino que extendía la prohibición al "uso de prendas de baño que resulten indecorosas, como las llamadas de dos piezas para las mujeres y slips para los hombres. Aquellas deberán llevar el pecho y la espalda cubiertos y éstos pantalones de deporte".
Con nuestra actual Constitución todas las morales son de igual rango mientras no afecten a ningún bien público protegido por la Ley y por lo tanto no se puede establecer ninguna discriminación, por lo que no existe ningún impedimento legal para la práctica del nudismo. Las playas nudistas autorizadas surgieron como consecuencia de que mientras existía esta libertad garantizada por la Constitución, aun estaba en vigor el antiguo Código Penal con su artículo sobre "el escándalo público", y a fin de conjugar ambas citaciones se habilitaron zonas para la práctica del nudismo.
En 1989, el artículo 431 del Código Penal, sufre una transformación de cara a suprimir las consideraciones de índole moral, que eran inconstitucionales. Desde ese momento el nudismo pasa a ser legal en cualquier espacio público. En 1995, con la aprobación del nuevo Código Penal (el de la democracia) se reafirma la desaparición de los articulados contrarios a la Constitución, por lo que definitivamente el "escándalo público" deja de existir como delito. Desde entonces es absolutamente claro que el nudismo es plenamente legal en cualquier playa, río, parque, etc y en cualquier situación. Algunas personas pretenden seguir discriminado el desnudo amparándose en la vigencia del delito de exhibicionismo. La ley es muy clara en este punto y acompaña con una definición de lo que puede considerarse exhibicionismo: "actos lúbricos o de exhibición obscena ante menores o deficientes mentales". Es decir, estamos hablando de actos sexuales en público, los cuales se pueden realizar con o sin ropa. Es evidente que una persona que toma el sol desnuda no pretende provocar sexualmente a terceros. Los nudistas no pueden ser responsables de los prejuicios o carencia educativas ajenas, sino sólo de sus actos. No eduquemos a nuestros hijos en contra de su propio cuerpo.
Ninguna parte del cuerpo es menos digna que otra. Obligándolos a cubrir algunas partes de su cuerpo en situaciones innecesarias, les trasmitimos que esas partes son distintas o negativas. Privándoles de la visión habitual de cuerpos humanos, de personas, en su totalidad, les creamos mitos y deformaciones y les hacemos identificar sexo con desnudez.